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Tesorería General de la Seguridad Social
Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Es obligatorio para los emprendedores que trabajan por cuenta propia, administradores y socios con una participación mayor del 25% en una sociedad mercantil, darse de alta como trabajador autónomo.
Régimen General
Alta de la empresa en dicho Régimen. Alta de los trabajadores por cuenta ajena: para ello se solicita la afiliación del trabajador, y si el trabajador ya estuviese afiliado, se solicita el alta directamente.
Instituto Nacional de la Seguridad Social
C/ León y Castillo, 85 35500 Arrecife
Tel: (928) 824911 (Información general: 901502050)
© Cámara de Comercio de Lanzarote
C/José Antonio, 23 - Arrecife 35500
Tel.: 928 82 41 61 Fax: 928 82 41 62