Corte de Arbitraje y Mediación de Lanzarote
La Corte de Arbitraje y Mediación de Lanzarote es un organismo dedicado a la resolución extrajudicial de conflictos mercantiles.
ARBITRAJE
La Ley18/2003, de 11 de abril de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Canarias, contempla que las Cámaras tienen entre sus cometidos "desempeñar funciones de arbitraje, mediación y conciliación mercantil, nacional e internacional, y utilizar cualquier otro sistema alternativo de solución de conflictos, de conformidad con la legislación vigente".
La Cámara de Comercio de Lanzarote cuenta ya con su Corte de Arbitraje y Mediación con el fin de prestar este servicio a los empresarios de la isla.
Se trata de un instrumento para que empresas y autónomos puedan resolver sus divergencias sin tener que acudir a la vía judicial, aportando al sector empresarial una justicia rápida y eficaz. A través de la designación de uno o varios árbitros, especializados para el conflicto en cuestión, desde la Corte se tramita un procedimiento ágil capaz de conceder a las partes las garantías necesarias para la defensa de sus intereses.
Las principales ventajas del sistema son:
- Rapidez para obtener una resolución.
- Abaratamiento de los costes en la obtención de la resolución.
- Simplificación de trámites y del lenguaje.
- Cercanía en la atención.
- Discreción sobre los asuntos tratados.
- Flexibilidad del procedimiento.
- Especialización del árbitro en la materia a tratar.
- Seguridad en la ejecución del acuerdo resultante.
Cada procedimiento finaliza con un Laudo Arbitral que tiene la misma fuerza legal que una sentencia judicial.
Las Cortes de Arbitraje y Mediación mercantiles aseguran los medios necesarios con las garantías y la solidez adecuadas para facilitar a las partes en conflicto soluciones equitativas y ajustadas a derecho, usos y costumbres comerciales.
MEDIACIÓN
La mediación es un proceso informal y gratuito por el que una persona neutral, el mediador, reúne a las partes en conflicto tratando de acercar posturas de un modo amistoso, mediante técnicas de negociación, cooperación y comunicación. De ningún modo es obligatorio para las partes llegar a un acuerdo.
Está pensado como proceso previo, amistoso y gratuito de resolución de un problema antes de acudir a la Corte de Arbitraje o a los Tribunales de Justicia.
Los principios de la mediación mercantil son:
- Autonomía de la voluntad de las partes. Las partes controlan el proceso y las decisiones adoptadas.
- Neutralidad del mediador. El mediador es imparcial y propone soluciones objetivas.
- Confidencialidad.
- Inmediatez.
- Voluntariedad.
- GRATUIDAD. Las mediaciones de la Cámara son totalmente gratuitas.